Trámites
Recurso por denegación de asilo o protección internacional
Solicitudes de asilo y protección internacional denegadas. Se recurren ante la Administración y, si procede, por la vía judicial.
- Procedimiento
- Administración de asilo
- Recurso habitual
- Reposición + contencioso
- Plazo
- 1 mes para la reposición
Las solicitudes de asilo y protección internacional que se deniegan pueden recurrirse. El recurso habitual es la reposición y, si se confirma la denegación, el contencioso-administrativo.
Son procedimientos sensibles, en los que la correcta exposición de los motivos de protección y la documentación de apoyo resultan decisivas.
Preguntas frecuentes
Me han denegado el asilo, ¿tengo forma de recurrir?
Sí. Se puede recurrir la resolución desfavorable. Estudiamos tu caso para preparar el recurso con los argumentos y pruebas de protección que correspondan.
¿Te ha pasado esto? Te ayudamos a recurrir.
Estudiamos tu caso y presentamos el recurso que corresponde, dentro de plazo. La primera consulta es gratuita.