Tipos de recurso
Qué recurso puedes presentar contra una denegación
Cuando la Administración deniega un trámite de extranjería, casi siempre se puede recurrir. Existen cuatro tipos de recurso; cuál te corresponde depende de quién dictó la resolución y de si pone fin o no a la vía administrativa. Te explicamos cada uno y, sobre todo, estudiamos tu caso para presentar el que de verdad procede, dentro de plazo.
Reposición
El recurso más habitual en extranjería. Se presenta ante el mismo órgano que denegó, en el plazo de un mes, para que revise su decisión.
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Ver másAlzada
Se utiliza cuando la resolución no pone fin a la vía administrativa: pide a un órgano superior que revise la decisión del inferior.
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Ver másContencioso-administrativo
La vía judicial: cuando los recursos administrativos no prosperan, se lleva el caso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
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Ver másExtraordinario de revisión
Excepcional. Solo procede ante errores graves o documentos nuevos decisivos que no se pudieron aportar antes.
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Ver más¿No sabes cuál te corresponde?
Cuéntanos qué trámite te han denegado y te decimos qué recurso procede y el plazo que tienes. La primera consulta es gratuita.