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Recursos

Recurso contencioso-administrativo en extranjería

La vía judicial: cuando los recursos administrativos no prosperan, se lleva el caso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Plazo
2 meses
Se presenta ante
Juzgado de lo Contencioso-Admtvo.
Requiere
Abogado y procurador
Naturaleza
Procedimiento judicial

Cuando los recursos administrativos no funcionan, o cuando la resolución ya agota la vía administrativa, el siguiente paso es llevar el caso ante un juez. El recurso contencioso-administrativo es un procedimiento judicial contra la Administración.

Se presenta ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo y requiere abogado y procurador. Es la fase en la que un tercero independiente —el juez— revisa si la denegación se ajustó o no a Derecho.

Plazo

El plazo general es de dos meses desde la denegación del recurso administrativo, o desde la resolución inicial si no presentaste reposición. En expulsiones y otros casos urgentes, además, puede solicitarse la suspensión cautelar del acto mientras se resuelve.

El camino más frecuente

En más del 80-90 % de los casos de extranjería el recorrido es: denegación → recurso de reposición → contencioso-administrativo. Por eso preparamos cada recurso pensando ya en la posible vía judicial, para que el expediente llegue sólido si hay que llegar al juzgado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para el recurso contencioso-administrativo?

Por regla general, dos meses desde la notificación de la denegación del recurso administrativo (o de la resolución inicial si no hubo reposición). El plazo es preclusivo: si se pasa, se pierde la posibilidad de recurrir.

¿Es obligatorio abogado y procurador?

Sí. Al ser un procedimiento judicial, necesitas abogado y procurador. Nosotros nos encargamos de toda la dirección letrada del asunto.

¿Te ha pasado esto? Te ayudamos a recurrir.

Estudiamos tu caso y presentamos el recurso que corresponde, dentro de plazo. La primera consulta es gratuita.

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