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Abogado de extranjería en Zaragoza: recurrimos tu denegación

Si la Oficina de Extranjería de Zaragoza ha denegado tu solicitud, el reloj ya está corriendo: tienes un mes para el recurso de reposición y dos meses para el contencioso. Nuestro despacho está en Fuengirola (Málaga) y llevamos recursos de Zaragoza y de toda España de forma online, porque todo el procedimiento de recurso es por escrito y telemático: no exige presencia. Primera consulta gratuita, en español, francés, inglés y árabe.

Cómo se recurre una denegación de la Oficina de Extranjería de Zaragoza

Las resoluciones de arraigo, residencia, reagrupación familiar o renovación en la provincia las dicta la Oficina de Extranjería de Zaragoza, que depende de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza. Cuando llega la denegación, lo primero es leer el pie de recurso de la propia resolución: ahí se indica qué recurso cabe y ante quién.

En la mayoría de los casos procede el recurso de reposición, que se presenta ante el mismo órgano que denegó en el plazo de un mes desde la notificación. Se presenta por escrito, a través de registro electrónico, así que no necesitas acudir presencialmente a ninguna oficina.

Si la reposición se desestima —de forma expresa o por silencio—, se abre la vía judicial: dispones de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo.

  • Recurso de reposición: 1 mes desde la notificación, ante el mismo órgano que denegó.
  • Recurso de alzada: 1 mes, solo cuando la resolución no pone fin a la vía administrativa.
  • Recurso contencioso-administrativo: 2 meses, ante el juzgado.

Qué órganos resuelven tu recurso en Zaragoza

La reposición la resuelve el mismo órgano que dictó la denegación: en la práctica, la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, de la que depende la Oficina de Extranjería. Cuando excepcionalmente procede recurso de alzada, se dirige al órgano superior jerárquico dentro de la Administración periférica del Estado, que en la comunidad encabeza la Delegación del Gobierno en Aragón.

Como regla general, si la Administración no responde a tu recurso en plazo, se entiende desestimado por silencio administrativo, y ese silencio negativo ya te permite acudir al juzgado. Ojo con una excepción importante: en las solicitudes de arraigo el silencio es positivo, un matiz que conviene revisar con abogado porque cambia por completo la estrategia.

Estudiar quién dictó la resolución y en qué situación está el expediente es lo que determina qué recurso conviene y contra qué acto se dirige. Es lo primero que analizamos en la consulta gratuita.

Dónde acaba el contencioso: juzgados de Zaragoza y TSJ de Aragón

Si la vía administrativa no prospera, la demanda se presenta ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, que son los que revisan las denegaciones de la Oficina de Extranjería de Zaragoza. El plazo es de dos meses y el procedimiento se tramita de forma telemática a través de abogado y procurador.

Contra la sentencia del juzgado puede caber recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Aragón, en los casos en que la ley lo permite.

Dos cosas que conviene saber antes de dar el paso: las personas físicas están exentas de tasas judiciales, así que acudir al juzgado no lleva tasa; y si la resolución te genera un perjuicio inmediato —por ejemplo, una orden de expulsión—, la suspensión cautelar se solicita al juzgado, porque no es automática.

Un despacho en Fuengirola que lleva tu recurso en Zaragoza

Seamos claros: nuestro despacho está en Fuengirola (Málaga) y no tenemos oficina en Zaragoza. Tampoco la necesitas. El recurso administrativo se presenta por registro electrónico y el contencioso se tramita telemáticamente ante los juzgados de Zaragoza, así que todo el procedimiento se hace por escrito, sin que tengas que desplazarte.

Trabajamos por videollamada, teléfono y correo electrónico: nos envías la resolución denegatoria, la estudiamos y te decimos con claridad si merece la pena recurrir y por qué vía. Sin humo y sin prometer resultados que nadie puede garantizar.

Atendemos en español, francés, inglés y árabe, y la primera consulta es gratuita. Lo único que no puede esperar es el plazo: un mes para la reposición pasa muy rápido.

Preguntas frecuentes

¿Puedo recurrir mi denegación de Zaragoza sin ir a Fuengirola?

Sí. Todo el procedimiento de recurso es por escrito y telemático: la reposición se presenta por registro electrónico y el contencioso se tramita ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza a través de abogado y procurador. Trabajamos contigo por videollamada, teléfono y email desde el primer día.

¿Tengo que acudir en persona a la Oficina de Extranjería de Zaragoza para presentar el recurso?

No. El recurso de reposición se presenta por registro electrónico ante el órgano que denegó, sin cita ni desplazamiento. Lo importante no es dónde se presenta, sino presentarlo dentro del mes desde la notificación y con los argumentos jurídicos bien trabajados.

¿Dónde se tramita el contencioso si mi denegación viene de Zaragoza?

Ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses. Contra la sentencia puede caber apelación ante el TSJ de Aragón cuando la ley lo permite. Como persona física estás exento de tasas judiciales, y si necesitas frenar los efectos de la resolución, la suspensión cautelar se solicita al juzgado.

¿Te han denegado un trámite en Zaragoza?

Estudiamos tu resolución y presentamos el recurso dentro de plazo, todo online. La primera consulta es gratuita.

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